sábado, 13 de noviembre de 2010

Dación en pago. Desahucios

Hace unos meses escuché un comentario sobre los suicidios que se estaban produciendo debido a los deshaucios de las viviendas por parte de los bancos. Escuché por primera vez lo que era "dación en pago", una figura jurídica que permite el saldo de la deuda contraída con la entrega del bien hipotecado, en este caso con la entrega de la vivienda. Esta figura no existe en nuestra Ley Hipotecaria y sí en otros países como Francia o Estados Unidos. Este hecho lleva consigo el que una vez desahuciada la familia, siga hipotecada con el banco, sin posibilidad de tener un contrato legal de trabajo, tarjetas de crédito, etc.

Comentaban en aquella reunión que había un pacto de silencio en los medios para no difundir dramas derivados de la expropiación de viviendas. Me costaba creerlo. Pero hace un par de noches, de madrugada, escuché que un hombre se había ahorcado en plena calle al ser deshauciado de un piso ocupado. Por la mañana busqué información en mi prensa habitual y no había nada. Entonces pensé que, efectivamente, se nos informa de lo que interesa y no interesa que veamos a los bancos como lo que son: irresponsables jugadores blindados por los estados y con un ligero barniz de respetabilidad que cada vez es más ligero.
Se están viviendo dramas monumentales y es urgente la presión por la modificación de la Ley Hipotecaria.
Dejo el enlace de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca: aquí

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo deacuerdo con el interés general para impedir la especulación
Constitución española. Art. 47

1 comentario:

Anónimo dijo...

No sabía nada de esto. Es una pena que tanto medio sirva para aislarnos en vez de para ayudarnos.