Una jueza alemana niega el divorcio a una maltratada por casarse por el rito musulmán
La magistrada interpreta que el Corán permite que el marido pegue a su mujer (el País 23 de marzo de 2.007)
Me llama la atención que, cuando se trata de noticias de este tipo,prácticamente todos los medios sigan centrando toda la atención en la víctima (por ser mujer maltratada), mientras que la figura del delincuente-agresor queda completamente difusa, como si fuera una fuerza inevitable que se cierne sobre la pobre muchachuela desvalida.Me llama la atención porque confirma que la impunidad no solo funciona en los tribunales, sino también en la sociedad en general. Si le dieran la vuelta a la noticia, sería todo más lógico, y la sentencia mucho más absurda. A ver si me explico: lo que tenemos es:
"Jueza niega el divorcio a mujer maltratada"
Pero si yo digo:
"Jueza favorece a agresor confeso en caso de divorcio"
la cosa suena diferente, a mi modo de ver. En el primer caso, culpamos a la jueza. En el segundo también, pero también damos visibilidad al delincuente que se ha salido con la suya.
Veamos cómo es la cosa: ese energúmeno, que ya ha sido condenado por malos tratos, puesto que tiene una orden de alejamiento, llega al juicio de divorcio y, tan campante, dice que sí, que ha pegado a la parte contraria, por motivos religiosos. Lo que está haciendo, a mi modo de ver, es confesar que ha agredido sistemáticamente a una persona y que no solo está dispuesto a seguir haciéndolo, sino que considera que ese es su deber. ¿No?
Que yo recuerde (por las películas) ese tipo de amenaza-agresión-tortura psicológica no se tolera ni en los patios de las cárceles y da para argumento de película de terror.Que la persona agredida sea la esposa resulta, de buenas a primeras, irrelevante: el tío ha confesado ante un magistrado que ha agredido a otra persona, que lo ha hecho convencido de que estaba en su derecho de cometer esa agresión y que la repetirá cuando lo considere necesario por el bien moral de su familia. Me parece que hay material de sobra para que el magistrado proceda judicialmente (otra vez)contra ese elemento, quizá por la vía penal dada la gravedad de la confesión.Pero claro, lo que a mí me parece está en las antípodas de lo que le pareció a la jueza, y yo, de derecho, no sé casi nada.Una de las pocas cosas que sé es que todos los acuerdos, tratados y convenios internacionales que ha firmado y ratificado el Gobierno deAlemania tienen fuerza de ley en su país y que el poder judicial está obligado a dar prioridad a esos textos por encima de cualquier otro instrumento jurídico, incluida la constitución, que se cita en el artículo. Alemania firmó y ratificó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 1985, así que la jueza ha tenido tiempo suficiente de enterarse de que una de las obligaciones de su país consiste en "establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales o competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación[artículo 2 c) de la Convención]".También sé, o me imagino, que alguien le habrá dado a leer a la jueza la ley 4.34 del Corán. Lo que no entiendo es que, después de leerla, la haya utilizado como guía para dictar sentencia en un caso dedivorcio presentado ante un tribunal de la República Federal deAlemania en el año 2007. Si muestra semejante flexibilidad para seleccionar sus fuentes de autoridad jurídica, le podía yo dar a leer ciertos pasajes del Levítico o de los Macabeos para que dictara sentencias aún más creativas y coloristas. En otras palabras, no dudo que la jueza tenga sus buenos motivos, peroyo no los veo. En estos casos, lo que siempre me pregunto es a quién se beneficia.Obviamente, la jueza no es. El beneficiado principal que es el agresor confeso y, por extensión, el colectivo alemán de agresores y maltratadores en serie de mujeres.Sin embargo, la opinión pública no seguirá el rastro del beneficiado,o sea, del delincuente, para investigar las causas de semejante fallo.La opinión pública se dedicará (como yo) a rebatir argumentos de perogrullo para demostrar lo que no requiere demostración, o sea, que la jueza está equivocada, y la perseguirá hasta obligarla a abjurar de sus errores en la plaza pública.Esto es algo que debería hacer el órgano inspector o supervisor o disciplinario correspondiente del poder judicial alemán, por los conductos establecidos y con el rigor propio de ese ámbito, y no la presión de la opinión pública.Si es la opinión pública la que se dedica a la caza de la bruja, como es el caso, surgirá enseguida otra parte de la opinión pública que se levantará en armas y hará todo lo posible para demostrar que la jueza hizo lo que tenía que hacer al respetar los preceptos religiosos. Esa parte de la opinión pública ocultará tras una cortina ideológica alagresor confeso, responsable y causante único y exclusivo de todo este berenjenal, y transformará en víctima ofendida al colectivo de maltratadores (irónicamente, puesto que es el principal beneficiadopor la sentencia), alegando que todo cambio del fallo vulnerará suderecho a practicar la religión en plenitud. Afirmarán implícitamenteque esos preceptos están por encima de la ley nacional, la jurisprudencia y los convenios internacionales.Entonces los del otro lado, cegados por la patente injusticia de sus argumentos, caerán en la trampa dialéctica y empezarán a discutir con ardor sobre la bondad o maldad de determinados preceptos religiosos.Olvidarán por completo el asunto fundamental del que se trataba, a saber, el bienestar y la protección de los derechos y las libertades de las mujeres agredidas, por quienes, a estas alturas, ya nadie dará un quinto.En el fragor de la batalla ideológica medievalizante que nos embarga, los extremistas de los dos lados hacen su caldo gordo y se victimizan,las personas normales se idiotizan y los seres pensantes creen que todo el mundo se ha vuelto loco.
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